Categoría de Aproximación

IFR procedures Instrument approach Aircraft certification Airspace safety

Categoría de Aproximación – Glosario de Aviación

Definición y Fundamento Regulatorio

Categoría de aproximación es una clasificación regulatoria que agrupa las aeronaves según su velocidad de aproximación —específicamente, la velocidad de referencia de aterrizaje (VREF) o 1,3 veces la velocidad de pérdida en configuración de aterrizaje (VSO)— medida al peso máximo certificado de aterrizaje de la aeronave. Esta clasificación está codificada en regulaciones internacionales y nacionales, incluyendo el Doc 8168 de la OACI, 14 CFR 97.3 y circulares de asesoramiento de la FAA. La categoría de aproximación es una característica de certificación permanente de cada aeronave y no varía en función del peso real de aterrizaje, la velocidad real de aproximación ni las condiciones operativas.

Todos los procedimientos de aproximación instrumental (IAP) y cartas de aproximación utilizan las categorías de aproximación para definir los mínimos aplicables de altitud de decisión (DA), altitud mínima de descenso (MDA) y visibilidad. Estos mínimos aseguran la libre de obstáculos y maniobras seguras, considerando las diferentes velocidades, radios de giro y características de rendimiento de cada categoría.

Parámetros Técnicos: VREF, VSO y Peso Máximo Certificado de Aterrizaje

  • VREF: La velocidad de referencia de aterrizaje establecida por el fabricante, generalmente 1,3 × VSO, al peso máximo certificado de aterrizaje.
  • VSO: Velocidad de pérdida en configuración de aterrizaje al peso máximo certificado de aterrizaje.
  • Peso Máximo Certificado de Aterrizaje: El mayor peso de aterrizaje autorizado por la certificación de la aeronave, documentado en el AFM o POH.

La categoría de aproximación se calcula utilizando estos parámetros y no cambia a menos que el peso máximo certificado de aterrizaje de la aeronave sea oficialmente modificado.

Tabla de Categorías de Aproximación

CategoríaVREF / 1.3 VSO (nudos)Aeronaves típicasRadio del Área Protegida Circular (NM)
A< 91Cessna 172, Piper Archer1.3
B91 – 120King Air C90, Beech Baron1.5
C121 – 140Embraer 145, Challenger 3501.7
D141 – 165Boeing 737-900, Gulfstream G5502.3
E≥ 166F-16, B-1B Lancer (solo militar)4.5

Determinación y Permanencia de la Categoría de Aproximación

La categoría de aproximación se fija en la certificación y se registra en la documentación de la aeronave. No se ve afectada por el peso real en vuelo, modificaciones o la velocidad volada en una aproximación dada—excepto cuando el peso máximo certificado de aterrizaje es formalmente revisado por el fabricante y la autoridad reguladora.

Puntos clave:

  • No puede usar una categoría inferior basada en menor peso o aproximación más lenta.
  • Debe usar mínimos superiores si vuela por encima de la velocidad límite de su categoría certificada.
  • La reducción legal requiere aprobación regulatoria formal y documentación.

Aplicación en Procedimientos de Aproximación Instrumental (IAP)

Todos los IAPs proporcionan mínimos para cada categoría de aproximación. Estos mínimos se basan en las velocidades de maniobra y radios de giro de las aeronaves dentro de cada categoría. Los pilotos deben utilizar los mínimos de su categoría de aproximación certificada, o la siguiente superior si la velocidad operativa excede el límite superior de su categoría.

Ejemplo

Un Challenger 350 (Categoría C, VREF 137 nudos) debe usar los mínimos de Categoría C. Si por operación se ve obligado a volar a 145 nudos (por encima del límite de C), el piloto debe usar los mínimos de Categoría D.

Aproximación Circular y Áreas Protegidas

Las aproximaciones circulares requieren maniobras laterales hacia una pista no alineada con el rumbo de aproximación. El área protegida para el viraje circular se determina por la categoría de aproximación, proporcionando libre de obstáculos basada en la velocidad máxima permitida para cada categoría.

CategoríaLímite de velocidad circular (KIAS)Radio del Área Protegida (NM)
A1001.3
B1351.5
C1801.7
D2052.3
E2404.5

Exceder la velocidad o usar mínimos de una categoría inferior implica el riesgo de salir del área protegida y perder la libre de obstáculos.

Uso de Mínimos de una Categoría Superior

Si las necesidades operativas requieren volar a una velocidad superior al límite de su categoría, debe usar los mínimos de la siguiente categoría superior. Si esos mínimos no están publicados, extreme la precaución y asegúrese de que la maniobra permanezca dentro del área protegida correspondiente.

Consideraciones:

  • Vientos fuertes o configuraciones anormales pueden requerir velocidades superiores.
  • Ángulos de alabeo menores y mayor velocidad sobre el terreno aumentan el radio de giro.
  • Siempre haga briefing y planifique la categoría correcta, especialmente en escenarios de aproximación circular.

Para reducir legalmente la categoría de aproximación de una aeronave, el fabricante debe emitir un boletín de servicio reduciendo el peso máximo certificado de aterrizaje, y la autoridad reguladora debe aprobar este cambio. Una vez documentado, la categoría de aproximación se recalcula y la aeronave puede utilizar los mínimos inferiores.

Ejemplo:
Un Gulfstream G450 con peso máximo de aterrizaje reducido, tras aprobación regulatoria y actualización documental, pasa de Categoría D a C.

Mejores Prácticas Operativas

  • Incorporar los requisitos de categoría de aproximación en los SOP.
  • Exigir briefing de mínimos de aproximación en función de la categoría certificada.
  • Entrenar para escenarios que requieran mínimos de categoría superior o aproximaciones circulares.
  • Monitorear el cumplimiento como parte de su SMS.

Estudios de Caso

Aproximación Circular por Encima de la Velocidad Certificada

Aeronave: Embraer Legacy 600 (Categoría C)
Escenario: Hielo requiere velocidad circular de 145 nudos.
Acción: Usar los mínimos de Categoría D y asegurar que la maniobra permanezca dentro del radio de 2.3 NM.

Implementación SOP/SMS

Operador: Empresa de jets ejecutivos de flota mixta
Práctica: Todas las aproximaciones se informan para la categoría certificada; el SMS rastrea aproximaciones que exceden la velocidad certificada.

Aeronave: Gulfstream G450
Modificación: Reducción de peso máximo de aterrizaje.
Resultado: Cambio oficial a Categoría C, autorizado a utilizar mínimos inferiores.

Tabla Resumen

CategoríaVREF / 1.3 VSO (nudos)Límite de velocidad circular (KIAS)Aeronaves típicasRadio del Área Protegida (NM)
A< 91100Cessna 172, Piper Archer1.3
B91–120135Beech Baron, King Air C901.5
C121–140180Embraer 145, Challenger 3501.7
D141–165205Boeing 737-900, Gulfstream2.3
E≥ 166240Militar (F-16, B-1B)4.5

Glosario y Referencias Cruzadas

  • Peso Máximo Certificado de Aterrizaje: El mayor peso de aterrizaje autorizado, utilizado para asignar la categoría de aproximación.
  • VREF: Velocidad de referencia de aterrizaje al peso máximo.
  • VSO: Velocidad de pérdida en configuración de aterrizaje al peso máximo.
  • Procedimiento de Aproximación Instrumental (IAP): Procedimiento publicado para aproximaciones instrumentales, con mínimos por categoría de aproximación.

Para detalles regulatorios completos, consulte:

  • 14 CFR 97.3 (FAA)
  • Doc 8168 de la OACI (PANS-OPS)
  • FAA InFO 23001
  • Manual de Vuelo de la Aeronave (AFM) o Manual de Operaciones del Piloto (POH)

Entender y aplicar correctamente la categoría de aproximación es vital para operaciones instrumentales seguras, conformes y eficientes.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo usar una categoría de aproximación inferior si mi aeronave pesa menos que el peso máximo de aterrizaje?

No. La categoría de aproximación se determina por la velocidad de referencia de aterrizaje al peso máximo certificado de aterrizaje. No puede reducirse en base al peso real para un vuelo específico.

¿Qué debo hacer si debo volar la aproximación por encima de la velocidad de mi categoría certificada?

Debe utilizar los mínimos de aproximación de la siguiente categoría superior si están publicados. Si no hay mínimos superiores disponibles, extreme precauciones y asegúrese de que toda la maniobra permanezca dentro del área protegida para la velocidad volada.

¿Cómo se cambia legalmente la categoría de aproximación de una aeronave?

Solo mediante una revisión formal y documentada en el libro de registro del peso máximo certificado de aterrizaje de la aeronave, aprobada por la autoridad reguladora (FAA, EASA, etc.).

¿Cuáles son los radios de las áreas protegidas para aproximaciones circulares en cada categoría?

Categoría A: 1.3 NM, B: 1.5 NM, C: 1.7 NM, D: 2.3 NM, E: 4.5 NM (principalmente militar). Estos radios aseguran la libre de obstáculos durante las maniobras circulares.

¿Está permitido alguna vez utilizar mínimos de una categoría inferior si se vuela más lento que la velocidad certificada?

No. Solo se pueden utilizar mínimos de una categoría superior si la velocidad real de aproximación excede el límite superior de su categoría certificada. Los mínimos regulatorios siempre se basan en el peso máximo certificado de aterrizaje.

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